viernes, 20 de agosto de 2010

Derechos de los animales



Todos sabemos que existen los derechos de los animales, pero muchas personas lo olvidan fácilmente. Pero, ¿cuáles son estos derechos y quién los proclamé? Todo el mundo debería tener conocimiento de los derechos de los animales y ponerlos en práctica.

La Liga Internacional de los Derechos del Animal adoptó en 1977 y proclamó en 1978 la siguiente Declaración Universal:

*Artículo 1:Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
*Artículo 2: Todo animal tiene derecho al respeto. El ser humano no puede atribuirse el derecho de exterminarlos. Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del humano.
*Artículo 3: Ningún animal será sometido a malos tratos ni actos de crueldad. Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.
*Artículo 4: Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libremente en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático, y a reproducirse. Todo privacidad de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
*Artículo 5: Todo animal perteneciente a una especie viva tradicionalmente en el entorno del humano, tiene derecho a vivir crecer al ritmo y en las condiciones de vida y libertad que son propias de su especie. Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el humano con fines mercantiles es contraria a este derecho.
*Artículo 6: Todo animal que el humano ha escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural. El abandono es contrario a este derecho.
*Artículo 7: Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
*Artículo 8: LA experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos de los animales, tanto si se trata de experimentos médicos científicos, comerciales, o de cualquier otra forma de experimentación.
*Artículo 9: Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de angustia o dolor.
*Artículo 10: Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre. Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.
*Artículo 11: Todo acto que implique la muerte del animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
*Artículo 12: Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie. La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
*Artículo 13: Un animal muerto debe ser tratado con respeto. Las escenas de violencia en las que los animales son víctimas deben ser prohibidas en el cine y la televisión, salvo si ellas tienen como fin el dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
*Artículo 14: Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben estar representados a nivel gubernamental. Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.



Y yo me pregunto .. ¿esto realmente se cumple?. NO! Luchemos para que de una vez por todas se cumplan y los animales sean tratados con el respeto que se merecen.

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